Estima cuánto cobrarás del paro y durante cuántos meses según tus cotizaciones a la Seguridad Social.
🛡️Prestación mensual
Los resultados son orientativos y se calculan con las tablas y normativa vigentes en 2026. Esta herramienta no sustituye el asesoramiento de un profesional.
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✓ Actualizado: julio 2026 — IPREM y topes de prestación 2026
La prestación contributiva —el «paro»— se calcula en tres pasos definidos en los artículos 266 a 277 de la Ley General de la Seguridad Social:
Un trabajador con 720 días cotizados y una base reguladora de 1.800 €/mes: la tabla le da 240 días de prestación (8 meses). El 70% de su base serían 1.260 €/mes, pero sin hijos a cargo opera el tope del 175% del IPREM, así que cobra 1.050 € brutos al mes. A partir del mes 7 le correspondería el 60% (1.080 €), que también supera el tope, por lo que sigue en 1.050 €. Total estimado de la prestación: 8.400 € en 8 meses. Este efecto del tope es habitual: a partir de ~1.500 € de base reguladora, casi todos los perfiles sin hijos cobran el máximo de 1.050 €.
La calculadora aplica esta tabla y los topes según tus días cotizados, tu base y tus hijos a cargo.
La duración depende de los días cotizados en los últimos 6 años: de 360 a 539 días dan derecho a 4 meses de paro; de 540 a 719 días, 6 meses; y así progresivamente (2 meses más por cada 180 días adicionales) hasta el máximo de 24 meses con 2.160 días cotizados o más.
El 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días y el 60% a partir del día 181, con topes ligados al IPREM: sin hijos, el máximo es el 175% del IPREM (unos 1.050 €/mes) y el mínimo el 107%; con un hijo el máximo sube al 200% y con dos o más al 225% (1.350 €/mes).
Haber cotizado al menos 360 días por desempleo en los últimos 6 años, estar en situación legal de desempleo (despido, fin de contrato, ERE…), inscribirse como demandante de empleo, no haber alcanzado la edad de jubilación ordinaria y solicitarlo en el SEPE en los 15 días hábiles siguientes al cese.
Sí a ambas. Durante la prestación sigues cotizando para la jubilación (el SEPE ingresa la aportación de la empresa y te descuenta la del trabajador) y la prestación es un rendimiento del trabajo sujeto a IRPF, aunque por su cuantía la retención inicial suele ser baja o nula. Si en el mismo año cobras nómina y paro, vigila el resultado de la renta al tener dos pagadores.
No necesariamente. Si vuelves a trabajar menos de 360 días, al cesar reanudas la prestación anterior. Si trabajas 360 días o más, generas una nueva y puedes elegir entre reabrir la antigua o cobrar la nueva (derecho de opción). El SEPE te muestra ambas antes de decidir.