Sistema de cotización por ingresos reales — 15 tramos progresivos. Tipo de cotización: 31.3%.
💰Cuota mensual
Tramo 7 · Base 1045,75 €
Tramo 7 — rendimientos desde 1700 € hasta 1850 €
Base elegida: 1045,75 € (mín. 1045,75 € — máx. 1850 €)
Los resultados son orientativos y se calculan con las tablas y normativa vigentes en 2026. Esta herramienta no sustituye el asesoramiento de un profesional.
✓ Actualizado: julio 2026 — tramos RETA y tipo de cotización 2026
Desde 2023 (Real Decreto-ley 13/2022) la cuota ya no se elige libremente: depende de tus rendimientos netos mensuales — ingresos menos gastos deducibles, menos una deducción adicional del 7% por gastos genéricos (3% para autónomos societarios). El cálculo tiene tres pasos:
Después llega la regularización: cuando Hacienda conoce tus rendimientos reales del año, la Seguridad Social compara con lo que cotizaste y devuelve o reclama la diferencia. Por eso conviene ajustar el tramo durante el año (puedes cambiarlo hasta 6 veces) si tus ingresos se desvían de la previsión.
Un autónomo que prevé 2.000 € de rendimiento neto mensual cae en el tramo 8 (de 1.850 a 2.030 €), con base mínima de 1.166,70 € y máxima de 2.030 €. Si elige la base mínima, su cuota es 1.166,70 × 31,3% = 365,18 € al mes: unos 4.382 € al año, que además son gasto deducible en su IRPF. Si fuera un alta nueva con tarifa plana, pagaría 80 €/mes el primer año: un ahorro de unos 3.422 € que conviene aprovechar.
La calculadora sitúa tu tramo automáticamente, aplica bonificaciones (tarifa plana, pluriactividad, discapacidad) y te muestra el calendario anual completo.
Depende de sus rendimientos netos mensuales. El sistema de ingresos reales tiene 15 tramos, cada uno con una base de cotización mínima y máxima, y sobre la base elegida se aplica el tipo del 31,3%. Por ejemplo, con 2.000 € netos al mes (tramo 8) la cuota mínima es de unos 365 €/mes; en el tramo 1 (hasta 670 €) baja a unos 205 €/mes.
Es una cuota reducida de 80 €/mes durante los primeros 12 meses para nuevas altas (sin haber estado de alta en los 2 años anteriores). Se puede prorrogar 12 meses más si tus rendimientos netos siguen por debajo del SMI. Al terminar, pasas al tramo que corresponda a tus ingresos reales.
No pasa nada definitivo: la Seguridad Social regulariza después. Cruzando tu declaración de la renta con lo cotizado, te devuelve el exceso si cotizaste de más o te reclama la diferencia si cotizaste de menos. Además puedes cambiar de tramo hasta 6 veces al año si tu previsión de ingresos cambia.
Sí, íntegramente. La cuota RETA es un gasto deducible en tu IRPF (estimación directa) o en el Impuesto de Sociedades si operas mediante una SL. Un autónomo con tipo marginal del 30% recupera vía impuestos en torno a un tercio de lo que paga de cuota.
La cotización cubre la sanidad y la incapacidad temporal, la jubilación (la base que elijas determina tu pensión futura), el cese de actividad (el «paro» del autónomo), las contingencias profesionales y la formación. Cotizar por la base mínima implica pensiones y prestaciones más bajas.